Se establece la "Ley de Reforma Educativa de Puerto Rico”, con el propósito de:
- fijar la nueva política pública del Gobierno de Puerto Rico en el área de educación;
- revisar y desarrollar el nuevo marco filosófico, sociológico, psicológico y neurocientífico que fundamentará el sistema de enseñanza en Puerto Rico
- reformular el sistema educativo en función del estudiante como centro y eje principal de la educación;
- establecer un presupuesto basado en el costo promedio por estudiante para garantizar que cada estudiante reciba la misma inversión de recursos en su educación;
- establecer las Escuelas Públicas Alianza para darle acceso a un mayor ofrecimiento académico a los estudiantes a través de entidades especializadas sin fines de lucro que puedan fortalecer el currículo y la enseñanza, y permitir que las comunidades, incluyendo a los padres y madres, tengan un rol más activo en la educación de sus hijos;
- establecer la Oficina Regional Educativa para descentralizar los servicios, tener una estructura más eficiente que responda a las necesidades de toda la comunidad escolar, reducir costos y eliminar la redundancia;
- establecer sistemas de evaluación y rendición de
cuentas efectivos;
https://www.de.pr.gov/ - establecer una política de transparencia digital en los procesos educativos;
- delegar mayores facultades y responsabilidades a los Superintendentes Regionales y Directores para atender los asuntos académicos y administrativos y evaluar sus ejecutorias mediante la rendición de cuentas constante;
- reconocer y brindarle mayor participación al tercer sector para que tengan una colaboración directa y activa en el proceso de enseñanza con el Departamento de Educación;
- establecer el Programa de Libre Selección de Escuelas como una alternativa adicional para promover la igualdad en el acceso a una educación de calidad para los sectores más vulnerables de nuestra sociedad, el cual promueve el subsidio directo a los padres mediante becas educativas;
- enmendar la definición del término “Empresa Pública” en el Artículo 1-104 de la Ley Núm. 447 de 15 de mayo de 1951, según enmendada;
- derogar la Ley 149-1999, según enmendada, conocida como “Ley Orgánica del Departamento de Educación de Puerto Rico”;
- derogar la Ley 71- 1993, según enmendada, conocida como “Ley del Programa de Vales Educativos y Libre Selección de Escuelas”;
- y para otros fines relacionados.