domingo, 31 de enero de 2016

Programa de Consejería Profesional en el Escenario Escolar

Consejeros Escolares
Prof. Ramón Ocasio, consejero Esc.José M. Massari
Nivel primario
Correo electrónico: de115049@miescuela.pr

Profa. Janece Velázquez Vázquez, consejera Esc. Sup. Dr. Rafael López Landrón, Guayama P.R.
Correo electrónico: de121472@miescuela.pr





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Consejería Profesional en el Escenario Escolar!

Realizado por la Región ORE Arecibo



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2. CEPA




¿Cómo promover una salud mental positiva en los estudiantes?



Prof. Ramón Ocasio, consejero Esc.José M. Massari
Nivel primario
Correo electrónico: de115049@miescuela.pr


Profa. Janece Velázquez Vázquez, consejera Esc. Sup. Dr. Rafael López Landrón, Guayama P.R.
Correo electrónico: de121472@miescuela.pr


Responsabilidades del Consejero Profesional Escolar (CPE)

  1. Divulgar la carta circular vigente del PCPEE a la comunidad escolar.

  2. Administrar e interpretar estudios de necesidades de estudiantes, maestros y familias para implementar y evaluar el Plan de Acción.

  3. Desarrollar actividades para estudiantes, familias y personal escolar en las áreas identificadas en el estudio de necesidades.

  4. Ofrecer actividades educativas que promuevan el autoconocimiento, autoconcepto y autoestima del estudiante, así como el logro de sus metas académicas, socioemocionales y de carrera.

  5. Ofrecer actividades educativas y ocupacionales que destaquen la conexión entre la educación y el mundo del trabajo.

  6. Promover, desarrollar e implementar la Organización de Estudiantes Orientadores.

  7. Promover estrategias de integración curricular en las áreas académica, socioemocional y de carrera.

  8. Desarrollar actividades de prevención que promuevan la salud mental y el bienestar personal de los estudiantes.

  9. Referir al estudiante a otros especialistas cuando se identifique una necesidad que así lo requiera.

  10. Interpretar, analizar y compartir con la comunidad escolar los datos estadísticos y resultados de los instrumentos de avalúo administrados.

  11. Coordinar actividades con organizaciones y agencias públicas o privadas que apoyen el desarrollo estudiantil.

  12. Verificar, junto al director, que cada estudiante tenga aprobados los prerrequisitos de sus asignaturas, los cursos correctos y los requisitos de graduación.

  13. Desarrollar actividades que promuevan la participación activa de las familias en el proceso educativo de sus hijos.

  14. Asistir a capacitaciones profesionales convocadas para el cumplimiento de la ley que reglamenta la consejería en Puerto Rico, con autorización del director.

  15. Establecer y mantener relaciones de respeto y colaboración entre todos los miembros de la comunidad escolar.

  16. Asistir a las reuniones convocadas por el director escolar, la ORE o el nivel central.

  17. Preparar los informes de labor requeridos y registrar los casos en el módulo del Sistema de Información Estudiantil (SIE).

  18. Promover y participar en actividades de la comunidad escolar dirigidas a mejorar el aprovechamiento académico.

  19. Participar como miembro del equipo interdisciplinario que ofrece servicios integrados a todos los estudiantes.

  20. Ofrecer al estudiante experiencias educativas que desarrollen sus destrezas socioemocionales.

  21. Ofrecer al estudiante actividades educativas orientadas al desarrollo de destrezas de estudio.

  22. Proveer experiencias educativas y ocupacionales integradas al currículo que eliminen estereotipos y fomenten la igualdad.

  23. Regirse por el Código de Ética de la Junta Examinadora de Consejeros Profesionales del Departamento de Salud de PR y los estándares del DEPR.

  24. Participar activamente en el comité de becas escolar.

  25. Coordinar el proceso de solicitud para pruebas de ubicación y exámenes de asignaturas a menores.

  26. Entregar a la escuela receptora el informe de cierre o transición de caso cuando un estudiante haya recibido servicios de intervención.

  27. Participar activamente en los comités escolares: CoRE, CICED, CoCE, CoReL y COMPU.

  28. Coordinar junto al CoRE el plan de intervención académica para estudiantes embarazadas.

  29. Adoptar y aplicar los protocolos vigentes del DEPR.

  30. No formar parte del Comité de Disciplina Escolar (CDE) ni estar presente en vistas disciplinarias. Sin embargo, como consultor, ofrecerá recomendaciones sobre los factores que inciden en la conducta del estudiante.

  31. Administrar e interpretar instrumentos de exploración para evaluar las áreas académica, socioemocional y de carrera en el proceso de consejería.

  32. Interpretar y compartir los resultados generales de pruebas cognitivas, de aptitud y rendimiento para evaluar el desempeño estudiantil mediante los estándares establecidos.

  33. Utilizar tiempo adicional al horario laboral solo cuando esté justificado y autorizado por el supervisor. El tiempo compensatorio (código TCU) debe utilizarse dentro de los 30 días siguientes a su acumulación.

  34. Ofrecer consultoría y asesoramiento al maestro sobre estrategias y técnicas para comprender mejor al estudiante.

  35. Facilitar los procesos de transición y ubicación del estudiante a otro programa o nivel de estudios.

  36. Establecer una red de apoyo comunitario con agencias gubernamentales y privadas, instituciones educativas y entidades cívicas para responder al desarrollo integral del estudiante.

  37. Implementar el Plan Individualizado de Estudio (PIE) para evaluar sistemáticamente el aprovechamiento, intereses, aptitudes y metas ocupacionales del estudiante en su transición hacia la universidad.

  38. Certificar, junto al director, que los estudiantes cumplan con las horas requeridas de Contacto Verde, Servicio Comunitario y Exploración Ocupacional como requisitos de graduación.

  39. Mantener los expedientes estudiantiles en un lugar seguro y bajo llave para garantizar la confidencialidad.

  40. Ofrecer orientación y consejería a las familias para que colaboren con sus hijos en el desarrollo de sus metas educativas y de vida.

  41. Brindar servicios directos e indirectos a estudiantes de Educación Especial y sección 504, según el PEI, e incluir planes de transición postsecundaria en coordinación con la Administración de Rehabilitación Vocacional cuando sea necesario.

  42. Brindar servicios directos e indirectos a los estudiantes durante situaciones de emergencia o fuerza mayor, siguiendo el plan de mitigación del DEPR, sus protocolos, leyes y códigos de ética aplicables.







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