La Ley de Rehabilitación Vocacional establece la Sección 504 con el propósito de ofrecerle a los jóvenes no elegibles bajo la Ley IDEA, accesibilidad a una educación pública, apropiada y gratuita. El Departamento de Educación de Puerto Rico, en la búsqueda de garantizar una adecuada integración de las personas con impedimentos en el ambiente escolar, identificó un proceso para la otorgación de acomodos y alternativas de ubicación a los jóvenes que fuesen elegibles bajo la Sección 504.
Los requisitos de elegibilidad bajo la Sección 504 son:
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