miércoles, 8 de abril de 2015

Sección 504 de Rehabilitación Vocacional


La Ley de Rehabilitación Vocacional establece la Sección 504 con el propósito de ofrecerle a los jóvenes no elegibles bajo la Ley IDEA, accesibilidad a una educación pública, apropiada y gratuita. El Departamento de Educación de Puerto Rico, en la búsqueda de garantizar una adecuada integración de las personas con impedimentos en el ambiente escolar, identificó un proceso para la otorgación de acomodos y alternativas de ubicación a los jóvenes que fuesen elegibles bajo la Sección 504.

Los requisitos de elegibilidad bajo la Sección 504 son:

  • Tener un impedimento físico o mental, que limite sustancialmente una o más de las actividades esenciales de la vida, tales como: el cuidado propio, realizar tareas manuales, caminar, ver, escuchar, hablar, respirar, aprender y trabajar.
  • Tener un expediente (récord) que documente la presencia de tal impedimento.
  • Ser considerado como persona con impedimento.
  • http://www.educacionespecialpr.info/seccioacuten-504.html

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