Carta de Derechos de la Estudiante Embarazada
Uno de los mayores problemas que las adolescentes embarazadas enfrentan es el discrimen en sus escuelas (si es estudiante) por parte de maestros, consejeros, directores, y demás personal. En muchas ocasiones, las escuelas consideran el embarazo de adolescentes una ofensa porque va en contra de su filosofía, reglamentos y piensan que es un mal ejemplo y que esto va a producir una proliferación de muchachas embarazadas. En el caso de 1as escuelas públicas, esta situación es más preocupante ya que el país ofrece educación gratuita Y nuestra Constitución no establece condiciones para que los adolescentes puedan estudiar, como hemos señalado. Por otro lado, nos ha llegado información en el sentido de que muchos maestros, consejeros y directores incitan a las adolescentes embarazadas a estudiar de noche o hasta muchas veces dejar el currículo regular de enseñanza.
Otro aspecto importante a considerar, en cuanto a los embarazos de adolescentes, es que cuando surgen complicaciones médicas durante el embarazo, muchas veces los médicos le recomiendan a las jóvenes quedarse parte de su embarazo en cama, y cuando esto sucede muchas adolescentes pierden el año escolar.
La presión de grupo, de amistades, presión de la pareja, el placer, la curiosidad, el amor, la inmadurez y la afirmación de masculinidad son algunas de las razones que los jóvenes atribuyen a su decisión de tener relaciones sexuales a temprana edad. Los estudios definen como temprana edad aquella menor de 19 años.
Los padres y madres, por ser las personas más cercanas e influyentes en la vida de sus hijos e hijas, deben ser los primeros educadores sexuales de éstos. Es, menester incorporar al currículo escolar estrategias de orientación mas agresivas sobre aspectos de sexualidad y de destrezas para el mejoramiento de su calidad de vida. El desconocimiento científico de la sexualidad y la salud reproductiva ha sido reconocido como un factor que propicia embarazos no deseados, abortos e infecciones del tracto reproductivo, incluyendo VIH.
Se ha evidenciado que las mujeres jóvenes de bajos ingresos que han recibido asesoramiento durante el embarazo y después del nacimiento de sus hijos tienen menos probabilidades de quedar embarazadas en una segunda ocasión, y que la inversión que la sociedad pueda hacer en esa etapa crítica de la vida de una mujer se recupera de muchas formas a largo plazo. Además, la enseñanza sobre aspectos médicos del embarazo, y el consejo profesional a los jóvenes sobre la planificación de embarazos, su educación, las relaciones familiares y cómo capacitarse para obtener empleos es fundamental para su óptimo desarrollo social.
Es menester de esta Honorable Asamblea Legislativa el aclarar y reafirmar que la política pública del Estado no puede ser una de discriminación contra aquellas estudiantes de nuestro Sistema Público de enseñanza que queden embarazadas. Al contrario, tenemos que dotarlas de herramientas que permitan alcanzar su desarrollo pleno como estudiantes con igualdad de derechos y asegurar que esas jóvenes reciban todos los servicios que tanto los servicios que necesitan de las agencias gubernamentales por su condición de embarazo.
DECRETASE POR LA ASAMBLEA LEGISLATIVA DE PUERTO RICO:
Artículo 1.-La Constitución del Estado Libre Asociado de Puerto Rico, establece que habrá un sistema de educación pública que no discrimine por motivo de raza, color, sexo, nacimiento, origen o condición social, ni ideas políticas o religiosas. Par! garantizar la esencial igualdad de los seres humanos, declarase que toda estudiante embarazada, sin menoscabo a las leyes vigentes, tendrá derecho a:
1. Disfrutar de un ambiente de tranquilidad, paz y de respeto al derecho a su intimidad y dignidad, y a no ser víctima de abuso corporal, emocional o presiones de sicológicas por razón de su embarazo en todo plantel escolar del sistema de educación pública del país;
2. Recibir asesoramiento, ayuda y consejería profesional a través de los programas disponibles y el personal capacitado sobre la planificación y las consecuencias de embarazos en adolescentes, las condiciones médicas y posibles cambios en su salud que experimentará durante ese periodo y cómo desarrollar una relación familiar y comunitaria óptima acorde a su situación, así como los derechos, responsabilidades y deberes que deberá asumir en su rol de madre, con especial énfasis en asegurar que pueda permanecer como estudiante regular del sistema de educación pública;
3. El Departamento de Educación podrá, si están disponibles, proveer en caso de necesitar asistencia médica o terapéutica de emergencia, tutores o maestros en las diferentes asignaturas para que pueda cumplir cabalmente con el currículo, y así terminar su año escolar;
4. Recibir toda ayuda económica, orientación sobre programas o alternativas de subsidios gubernamentales para su pleno desarrollo social y el de su entorno familiar que le permitan seguir participando como estudiante regular del sistema de educación;
5. Que se establezca una efectiva coordinación para tener acceso a los recursos del Departamento de la Familia, en cuanto a la atención de posibles problemas de relaciones familiares, sociales o de su entorno comunitario que hayan redundado en su condición de embarazo o que puedan afectarlo o afectar sus estudios;
6. Que se establezca una efectiva coordinación para tener acceso a los recursos del Departamento de Salud en cuanto al seguimiento y atención adecuada a su condición de embarazo con el fin de no afectar su capacidad como estudiante del currículo escolar.